DESCRIPCIÓN
<p>PH sin expensas en planta baja con entrepisos, patio y terraza.</p><p><span style="font-size: 14px;">PB adelante: hall, living comedor, cocina | Entrepiso: dormitorio, vestidor, escritorio, baño con ducha.</span></p><p><span style="font-size: 14px;">Patio con acceso a ambientes del contrafrente, baño completo y terraza </span></p><p><span style="font-size: 14px;">PB atrás: ambiente con entrepiso, mesada de cocina y acceso a baño completo (que también se accede desde el patio) | Entrepiso: segundo dormitorio con placar y salida a balcón terraza.</span></p><p>Entrada por pasillo, al ingresar se accede al hall de entrada con ventanales con vista al patio, a la izquierda se encuentra un estar comedor con la escalera de acceso al entrepiso y a continuación la cocina con salida al patio.</p><p>Subiendo al entrepiso encontramos el dormitorio con vestidor, escritorio y baño con ducha.</p><p>Desde el patio se accede al gran ambiente del contrafrente que cuenta con mesada de cocina, entrepiso, baño completo.</p><p>El PH cuenta también con una gran terraza de uso propio.</p><p><br></p><p><span style="font-weight: bold; text-decoration-line: underline;">CONDICIONES Y REQUISITOS PARA EL ALQUILER.</span></p><p>• Ingresos demostrables en blanco.
</p><p>• Garantía: Seguro de caución.</p><p>• Plazo del contrato: 1 ó 2 años
</p><p>• Alquiler: $ 1.300.000,- (pesos un millón trescientos mil)
</p><p>• Depósito en garantía: $ 1.300.000,- (pesos un millón trescientos mil)
</p><p>• Destino del alquiler: Vivienda familiar de ocupación permanente.
</p><p>• A la firma del contrato el locatario abona: un mes a alquiler y el depósito en garantía.
</p><p>• Ajustes trimestrales : Índice de Precios al Consumidor (IPC) nivel general publicado por el INDEC</p><p>• Tasa ABL: a cargo del Locatario
</p><p>• Impuesto Municipal: a cargo del Locador
</p><p>• Servicios: a cargo del Locatario (inquilino)</p><p>• Reserva: el importe de un mes de alquiler.</p><p>
</p><p><br></p><p>LEY 5859 se encuentra prohibido cobrar honorarios por la intervención de los corredores inmobiliarios y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas (si estarán a cargo de los inquilinos el costo de los mencionados informes, pero no los que deriven de los honorarios de los gestores). En los casos que el destino del inmueble sea comercial o profesional ambas partes abonan honorarios al corredor interviniente.
</p><p>Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de honorarios que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del contrato.-
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